Texto: LAN\1999\284 Estado: Disposición vigente
Orden de Consejería de Gobernación y Justicia, de 14 julio 1999. Delega las competencias para convocar y resolver concursos de méritos para la provisión de puestos de personal funcionario y la expedición de certificaciones acreditativas de la formación en materia de prevención de riesgos laborales
Datos de la publicación donde se genera esta versión:
BOJA núm. 88 de 31/7/1999
https://www.juntadeandalucia.es/boja/1999/88
Procedencia: Consejería de Gobernación y Justicia
Versión de 14/7/1999
Tipo de versión: INICIAL
Vigencia: 1/8/1999
Dispone:
PrimeroDelegar en el titular de la Viceconsejería de Gobernación y Justicia la convocatoria y resolución de los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los centros directivos establecidos en el artículo 2.1 del Decreto 84/1997, de 13 de marzo (LAN\1997\88), por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia.
SegundoDelegar en el Director del Instituto Andaluz de Administración Pública la convocatoria y resolución de los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos al mismo.
TerceroDelegar en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía la convocatoria y resolución de los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a la Delegación.
CuartoSe delega en el Director General de la Función Pública la expedición de la certificación acreditativa de la formación en materia de prevención de riesgos laborales, de los niveles medios o superior, en el supuesto de los funcionarios a que se refiere el artículo 12 de la Orden de 27 de junio de 1997, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (BOE núm. 159, de 4 de julio).
QuintoLas competencias que se delegan serán ejercidas de acuerdo con la normativa vigente y las instrucciones de servicio que la Viceconsejería dicte a efectos de coordinar las distintos concursos de méritos.
SextoEn los actos y resolución que se adopten en virtud de esta delegación, se hará constar expresamente tal circunstancia.
Disposición Derogatoria únicaQuedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a esta Orden.
La presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
Este documento no tiene validez jurídica